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Nº 190 - 16 de agosto de 2011

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Cambio legal ratifica las atribuciones que, por décadas, han tenido las matronas/es
Una victoria para
la salud de la mujer

  • Con fecha 9 de agosto, el Congreso Nacional aprobó el proyecto de ley que modifica el inciso tercero del artículo 117 del Código Sanitario, con el fin de facultar a estos profesionales de la salud para recetar anticonceptivos, incluida la Píldora de Anticoncepción de Emergencia, PAE.

De esta forma, el mencionado inciso de este artículo será próximamente promulgado señalando que las matronas/es “Podrán indicar, usar y prescribir sólo aquellos medicamentos que el reglamento clasifique como necesarios para la atención de partos normales y, en relación con la planificación familiar, la salud sexual y reproductiva y la regulación de la fertilidad, prescribir métodos anticonceptivos, tanto hormonales -incluyendo anticonceptivos de emergencia- como no hormonales, y desarrollar procedimientos anticonceptivos que no impliquen uso de técnicas quirúrgicas, todo ello en conformidad a la ley N° 20.418”.


Las matronas/es quedan ratificados en la facultad de prescribir métodos de planificación familiar de todo tipo. 

Función propia de la matrona

Ante este gran avance legal, la decana de la Facultad de Medicina, doctora Cecilia Sepúlveda, se manifestó enormemente satisfecha, pues “esta modificación respalda el aporte a la salud y bienestar de la mujer chilena y su familia que durante décadas han realizado estas profesionales de la salud”. Esta indispensable labor fue cuestionada a mediados del año pasado, cuando el SEREMI de salud de la Región de Coquimbo emitió un oficio en el cual se refirió al inciso tercero del artículo 117, que en ese momento indicaba que “Podrán usar y prescribir sólo aquellos medicamentos que el reglamento clasifique como necesarios para la atención de partos normales”, razón por la cual sostenía que, en consecuencia, las matronas/es no podían prescribir el producto farmacéutico Levonorgestrel en ninguna de sus presentaciones.


Profesora Hilda Bonilla

En respuesta, el cuerpo académico de la Escuela de Obstetricia de nuestro plantel se pronunció a través de una declaración pública, señalando que las primeras modificaciones legales para permitir que estas profesionales prescribieran anticonceptivos partió en octubre de 1976 cuando, “por Resolución del Servicio Nacional de Salud, se aprobó la norma sobre Encargo de Acciones de Regulación de Fecundidad, que autorizó a las profesionales Matronas para la prescripción de los métodos anticonceptivos, medida que respondió a la escasez de médicos y para satisfacer la creciente demanda de servicios de regulación de natalidad, reconociendo la excelente calidad de la formación profesional de estas profesionales”.

Luego, en el documento recuerdan que en 1997, reconociendo el rol fundamental de las matronas en la regulación de la fertilidad, “la ley Nº 19.536 modificó el Código Sanitario para que la planificación familiar dejase de ser una “función delegada”, pasando a ser una “función propia” de la matrona; así, se reemplazo el inciso primero del artículo 117, por el siguiente: “Los servicios profesionales de la matrona comprenden la atención del embarazo, parto y puerperio normales y la atención del recién nacido, como, asimismo, actividades relacionadas con la lactancia materna, la planificación familiar y la ejecución de acciones derivadas del diagnóstico y tratamiento médico y el deber de velar por la mejor administración de los recursos de asistencia para el paciente”.

“Pero con esta última modificación se explicita claramente esta atribución profesional, que en la práctica hemos realizado desde hace décadas. De hecho, hemos tenido un rol protagónico en la implementación del Programa de Planificación Familiar en Chile, iniciado en la década de los ’60, ya que el99% de las atenciones de regulación de fertilidad en el sistema público son realizadas por nuestras colegas. En el 2006, las consultas de este tipo correspondieron al 39,8% del total realizadas por las matronas, las cuales ascienden a 2.032.859 en el 2007; y de éstas, 13.000 correspondieron a consultas por anticoncepción de emergencia”, explica la directora de la Escuela de Obstetricia, profesora Hilda Bonilla.

Por último, la docente expresa su reconocimiento y gratitud por todo el respaldo expresado por la decana de la Facultad de Medicina, doctora Cecilia Sepúlveda, a lo largo de este proceso legislativo, añadiendo que “sin este apoyo, nuestra labor de décadas continuaría siendo cuestionada, perjudicando no sólo a la profesión sino que, directamente, la salud reproductiva de las mujeres chilenas”.

Cecilia Valenzuela